EL ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ HACE SABER:
Con motivo de la celebración de la Semana Santa, declarada fiesta de interés turístico nacional y a fin de dar todo el realce posible a nuestros desfiles procesionales y facilitar la asistencia de todos aquellos y aquellas vecinos y vecinas y visitantes que quieran acompañarlos, en aplicación de los arts. 21 y 25 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local; de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana; del Real Decreto 2816/82 de 27 de agosto que regula el Reglamento General de Policía de espectáculos públicos y actividades recreativas; de la Ley 5/2018, de 3 de mayo, de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la adolescencia; Ley 7/2019, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura; del art. 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y sus normas de desarrollo; de las Ordenanzas Municipales y demás normativa de aplicación, este Alcalde dispone lo siguiente:
PRIMERO: Los desfiles procesionales durante la Semana Santa obligan a dejar libre de vehículos sus recorridos, por lo que se procederá a colocar octavillas en los cuatro días anteriores a la celebración de las Procesiones, señalizar las zonas de prohibición de aparcamientos con setenta y dos horas de antelación, pasar a la posterior localización de sus propietarios mediante lectura de matrículas y por último, proceder a la retirada de los mismos por el Servicio Municipal de Grúas, cuando las medidas anteriores de advertencia no hayan sido suficientes para la retirada voluntaria.
Una vez despejado de vehículos los itinerarios debidamente señalizados, si se produjera el estacionamiento de alguno en los mismos, a falta de cuatro horas o menos para el inicio del Desfile, se procederá a su denuncia, retirada y depósito, a tenor de lo dispuesto en los arts. 91 y siguientes del vigente Reglamento General de Circulación.
SEGUNDO: En todo caso se relacionan a continuación los días y lugares afectados por la prohibición de estacionamiento desde las 08:00 del sábado día 1 de abril y del domingo 2 de abril, así como desde las 15:00 horas del resto de días:
Día 01 de abril, sábado. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 08:00 horas, hasta la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
C/ La Albuera C/ Suecia
C/ Alemania C/ Paseo de la Radio
C/ Francia
Día 02 de abril, Domingo de Ramos. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 08:00 horas, hasta la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
Pza. Santiago Arolo Viñas C/ Porvenir
C/ Alberto Oliart Saussol C/ Juan Pablo Forner
c/ Galache Hoyuelos Pza. Cervantes
Rincón de San Blas C/ Luis de Zúñiga
Plaza de España
Día 03 de abril, Lunes Santo. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00 horas, hasta la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
Plaza Cervantes Rincón de San Blas
Plaza de España
Día 04 de abril, Martes Santo. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00 horas, hasta la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
Rincón de San Blas
C/ Canarias (Desde la Iglesia hasta Carolina Coronado)
Primitivo Leal Plaza de España
De Gabriel
Día 05 de abril, Miércoles Santo. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00 horas, hasta la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
Pza. de Cervantes Plaza de España
Pza. Santo Domingo C/ De Gabriel
C/ Donoso Cortés
Día 06 de abril, Jueves Santo. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00 horas, hasta la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
C/ Donoso Cortés Avd. Juan Carlos I
Plaza de España Plaza San Agustín
C/ José Lanot Plaza de Cervantes
Plaza Santiago Arolo Viñas C/ Eugenio Hermoso
Rincón de San Blas C/ Alberto Oliart Sausol
C/ Porvenir C/ Toledo
Día 07 de abril, Viernes Santo. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00 horas, hasta la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
C/Otumba C/ San Vicente de Paul
C/ Manuel Pacheco C/ Federico García Lorca
C/ Paseo de la Radio C/ Grecia
C/ Alemania C/ Donoso Cortés
Plaza San Agustín C/ José Lanot
Rincón de San Blas Plaza de España
Plaza de Cervantes C/ San Pedro de Alcántara
Día 09 de abril, Domingo de Resurrección. Calles afectadas: quedará prohibido el estacionamiento, desde las 15:00 horas, hasta la recogida de la procesión, en los siguientes sitios:
Pza. de San Agustín C/ Donoso Cortes
C/ José Lanot Plaza de España
TERCERO: Correspondiente a cada uno de los Desfiles, quedará cortado al tráfico rodado como mínimo desde una hora antes del paso de cada desfile procesional por las diferentes ubicaciones de su itinerario y hasta la recogida de cada uno de ellos, mediante la colocación de vallas por parte del Cuerpo de Policía Local, procediendo a su apertura una vez haya pasado la procesión, siempre que no exista riesgo para el público. En el caso de que este Cuerpo policial considerara conveniente, por razones relativas al buen orden de los desfiles procesionales o por la afluencia masiva de público en ciertos enclaves de interés, cortar el circuito al tráfico con mayor antelación de la fijada, adoptará las medidas necesarias para llevar a cabo el citado corte de tráfico.
CUARTO: Asimismo, las paradas de taxis que estén dentro de alguno de los circuitos procesionales, serán trasladadas de lugar durante el transcurso del desfile, atendiendo en todo momento los conductores de taxis las indicaciones de la Policía Local, consensuando con los mismos las ubicaciones provisionales de estas.
QUINTO: Se recuerda a los titulares de todas aquellas terrazas de veladores que interfieran de alguna forma en los distintos desfiles procesionales, por concentrar el espacio donde se ubican una presencia masiva de público, o bien, por su ubicación en el interior del espacio destinado al itinerario de los mismos que deberán retirar todos aquellos elementos que constituyan un obstáculo (retirada de mesas, sillas y resto de mobiliario de terraza), una hora antes del paso de las distintas procesiones por cada una de las ubicaciones. Dicha prohibición afectará igualmente a los veladores situados en las aceras, que una hora antes del paso del desfile procesional por cada punto, obstaculicen la evacuación de los espacios que concentren una presencia masiva de público en caso de emergencia, siendo notificados los titulares de los diferentes establecimientos mediante Oficio expedido por la Policía Local, procurando establecer una alternativa de colocación, siempre que sea posible, en función de las características de cada establecimiento.
SEXTO: En cuanto a la ampliación de horarios de cierre de los establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma, se actuará conforme a Resolución de la Secretaria General de Política Territorial y Administración Local, de la Junta de Extremadura, a tenor de lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Presidencia de 16 de septiembre de 1996.
Por último, este Alcalde realiza un llamamiento a todos los ciudadanos para que, cumpliendo lo establecido en el Bando, participen en el lucimiento de este evento cultural y religioso de renombre y merecido reconocimiento de interés turístico nacional.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Badajoz, a 28 de marzo de 2023
EL ALCALDE
Fdo. Ignacio Gragera Barrera